Formación para trabajo en altura

En este artículo ofrecemos una pequeña guía sobre la formación en materia de prevención para los trabajos en altura.

Las tareas con riesgo de caída de altura están calificadas legalmente como actividades de especial riesgo. Por ello, debemos considerarlas incluidas en la legislación de Prevención de riesgos laborales, recogida en la Ley 31/1995.

En el artículo 19 de esta Ley, podemos constatar cómo es el empresario el que debe asegurar que el trabajador reciba la formación suficiente y adecuada, tanto teórica como práctica, en materia de prevención. Además, esta formación deberá mantenerse. No basta sólo con estar presente en el momento de la contratación, sino también cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe el trabajador, o se actualicen los equipos o las tecnólogías que éste emplea.

Esta legislación también hace referencia a la procedencia de la formación. De este modo, podrá ser impartida por la empresa o contratada a servicios externos, siempre que el coste sea asumido por la empresa. Igualmente, la formación deberá ser recibida en horario laboral. De no ser así, las horas empleadas en la misma deberán ser descontadas de la jornada del trabajador.

Formación necesaria

Recogemos las 4 características principales que atribuye la Ley a la formación en altura: teórica, práctica, suficiente y adecuada. Estos cuatro criterios resultan muy acertados para aplicarlos a la formación del trabajo en altura.

El Real Decreto 773/1997 en su artículo 8 establece las obligaciones en materia de información y formación por parte de la empresa. Este RD, y su artículo, son aplicables a los trabajos en altura, y recoge que:

  • La empresa debe asegurarse de que tanto trabajadores como los representantes de los mismos reciban la formación y sean informados sobre las medidas que hayan de adoptarse en la aplicación del RD.
  • Previamente al uso de los equipos de protección. El empresario deberá informar a los trabajdores de los riesgos contra los que les protegen estos equipos. Así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse.
  • El empresario también deberá proporcionar a los trabajdores instrucciones. Éstas deben ser por escrito, sobre la forma correcta de utilización y mantenimiento de equipos.
  • Toda esta información deberá ser comprensible para los trabajadores.

Existe otra normativa que atañe a la formación, pero referida a oficios muy concretos. Así, en el Real Decreto 2177/2004 podemos ampliar la información sobre la formación mínima exigida para operarios que realizan trabajos verticales.

El convenio colectivo del sector de la construcción no incluye una formación específica y diferenciada para los trabajos en altura, sino que la incluye dentro de las distintas formaciones descritas en el convenio.

No obstante, es el empresario el que debe decidir si lo trabajadores, responsables o técnicos necesitan profundizar en su formación sobre este tema.

 

Formación suficiente y adecuada

Como hemos visto, corresponde al empresario valorar qué formación sería suficiente y adecuada.

No obstante, a continuación enumeramos una serie de claves a tener en cuenta a la hora de valorar esta decisión:

  • Conocer el riesco concreto a evitar, atendiendo a los principios de la acción preventiva.
  • Una formación con los objetivos bien definidos. Es igual de inadecuado una formación superficial cuya única intención es cumplir con la obligación de formación, que un curso demasiado extenso que no atienda a las verdaderas necesidades y capacidades de los alumnos. El sobreaprendizaje provoca desmotivación.
  • La carga horaria y el ratio de alumnos son características determinantes en la calidad de un curso.

La experiencia ha demostrado que un curso efectivo incide muy directamente en los cambios de hábitos de los trabajadores, volviéndose más conscientes de la necesidad de velar de una forma efectiva por su propia seguridad.

No obstante, es preciso tener presente el tiempo de asimilación de los contenidos, ya que la adquisición de habilidades o la adecuación de conductas no es una tarea sencilla y requiere de tiempo.

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